domingo, 11 de agosto de 2013

Informe Pericial del forense

Este es el Informe Pericial que redactó el Dr. Duarte a petición del juzgado.

Costó 300.00 pts.

Como se puede leer en él, mi esposo pudo haber fallecido por distintas razones ya que se habían cometido varios errores médicos o negligencias, pero mi Ex-abogada, Dña María Esther Castellanos García, no sé por qué motivo, no lo presentó como prueba pericial en la demanda que presentó, en mi nombre, por lo Civil.

Informe Pericial completo:
Página 1
Página 2
Página 3
Página 4
Página 5
Página 6
Página 7
Página 8
Página 9
Página 10
Página 11
Página 12
Página 13

Carta a Canal 5

En aquella época, septiembre de 1994, había un programa sobre negligencias médicas en Canal 5.

Les escribí una carta, explicándoles sobre el caso de mi esposo, Vicente Morillo Monje, pero nunca se pusieron en contacto conmigo.

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Carta a Canal 5 Transcripción
(Página 1)

Muy señores míos:

Me dirijo a vds. para exponerles el caso de la muerte de mi esposo debido a varias negligencias médicas por parte de distintos doctores de la misma clínica; la tan famosa Clínica MONCLOA, que según dice todo el mundo es la mejor equipada de todas España, y yo me pregunto de qué sirve la mejor máquina si detrás no hay un apersona con humanidad y amor a su trabajo que la maneje.
Ya sé que los casos de negligencia médica son muy difíciles de tratar debido a que la mayoría de nosotros no entendemos nada de medicina. 

He recibido algunas llamadas de abogados que, interesándose por el caso, me han dicho que lo deje, porque en nuestro país no conseguiremos nunca que un juez condene a un médico por lo penal, que como mucho podría conseguir una indemnización económica. Pero no es el dinero lo que yo quiero, aunque pienso que si mis hijos han perdido la seguridad y estabilidad que da el sueldo de un padre, tal vez, en justicia, deberían recibir una compensación económica.

En fin, que los abogados  me dicen, que primero hay que ir por vía penal, antes de un plazo de dos meses, y que el proceso puede durar un período de 12 años más o menos, y después  ya se puede ir por vía civil. Es decir, que después de sufrir la pérdida de la persona que era la mitad de mi vida, ahora tengo que pasar (Página 2) el resto de la que me quede viviendo un proceso interminable, en el que todo el mundo me dice que me desesperaré, me afectará el carácter  e influiré negativamente en el futuro de mis hijos.

Por otro lado pienso que si estos casos no salen a la luz, nunca podremos presionar a los poderes públicos para que hagan unas leyes  de las que, poco a poco, todos los ciudadanos salgamos beneficiados. No quiero que a mis hijos les ocurra lo mismo.

¿Porqué no tenemos el derecho reconocido ante la ley de que se nos dé una copia de todo lo que se nos va haciendo cada día como pacientes? Así, si todo sale bien, nos dan todas las pruebas, y si el paciente se muere, no tenemos derecho más qu e a informes parciales y mutilados; desde los cuales es muy difícil averiguar la verdad.

La clase médica es tan hermética, y se apoyan tanto unos a otros, que podrían cometer tranquilamente las mayores aberraciones en los quirófanos o investigar con pacientes, sin que los ciudadanos pudiésemos nunca averiguar la verdad. ¿No conseguiremos nunca los pacientes una figura notarial que levante acta de si lo que se hace en un quirófano es lo más correcto, y de si cuando falla un método, no se puede adoptar otro idóneo que salve la vida al paciente durante o después de la intervención?
Les quedo muy agradecida, solo por el hecho leer mi carta.

Le saluda atentamente.
(Mi firma)


Carta completa: página 1, página 2, página 3, página 4, página 5, página 6, página 7, página 8, página 9, página 10, página 11, página 12, página 13, página 14 y página15.

sábado, 10 de agosto de 2013

Cómo saber si un abogado está ejerciente en España

Varias personas se han puesto en contacto conmigo a través de este blog, debido a mi caso.

La mayoría habían sido clientes de Dña. María Esther Castellanos García.

Me preguntaban si yo sabía si ella podía ejercer o no en ese momento.

Nunca he podido contestar a esa pregunta. Pero dado que parece ser que algunos abogados en España ejercen a través de sus procuradores, aunque estén legalmente suspendidos de ejercicio por el Colegio de Abogados, engañando así a sus clientes, he buscado online una base de datos que cualquiera puede utilizar, antes de contratar a un abogado en España y saber si este está legalmente autorizado para poder ejercer o no en un momento dado.

Este es el enlace a la base de datos del Censo General de Letrados de España. Solo tiene que introducir el nombre completo del abogado o abogada para poder acceder a esos datos, aunque ellos mismos dicen que, puede que los datos no estén actualizados y aconsejan consultar al Colegio General de Abogados de España para asegurarse de la veracidad de los datos de esta base.

Por ejemplo, hoy he introducido el nombre completo de mi ex-abogada, Dña María Esther Castellanos García, en esta base de  datos y este es el documento que he imprimido con la información que me dió como resultado de mi consulta. Según esa base de datos está "No ejerciente".

En otros países se publica una lista, que se actualiza, constantemente, de abogados que están suspendidos de ejercicio, cosa que no hace el Colegio de Abogados de España. Creo que sería muy útil para los posibles clientes, tener conocimiento actualizado de la lista de abogados que están suspendidos de ejercer en España.

Algunos países que publican un listado de abogados suspendidos de ejercicio:
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
Portal de Transparencia, El Salvador
Rama Judicial del Poder Público de Colombia

No sé si en España se publica un listado, pero no lo he encontrado online.

Dado que se habla de que el PP quiere promulgar una Ley de Transparencia, creo que una lista actualizada de abogados que no pueden ejercer, es algo imprescindible para cualquier persona que requiera los servicios de un abogado en España.

También es imprescindible, que los Procuradores creen una base de datos de abogados en España que no les pagan sus honorarios. Dado que, cuando un cliente contrata un abogado, incluye los honorarios que el Procurador debe cobrar. No es de recibo que, una vez finalizado un proceso judicial, el Procurador se ponga en contacto con el cliente reclamándole sus honorarios, porque el abogado no se los ha pagado. El cliente no tiene ninguna prueba que su abogado no le haya pagado al Procurador, pero, si el abogado ha probado, con su mala actuación en el caso, que no es de fiar para el cliente, este acaba pagándole al Procurador de turno, porque le cree, aunque no tenga pruebas de que sea su obligación volver a pagar estos honorarios.